Cómo saber si tengo cobranza judicial en Chile

No queremos que sigas con un insensible miedo, tampoco queremos que las empresas sigan con sus abusos, hemos creado este artículo en el cual explicaremos de forma fácil y sencilla todo el proceso de Cobranza Judicial

Una vez que termines de revisar todos los artículos no te quedarán más dudas sobre el tema.

Cómo saber si tengo cobranza judicial

Como una última opciones las empresas suele utilizar esta opción de cobranza judicial

No hay un plazo con total exactitud, pero usualmente la cobranza judicial suele comenzar a partir de los 90 días que se vence el plazo de la deuda.

cobranza judicial

En el caso de organizar todo esto en un esquema seria de la siguiente manera:

  • Cobranza Preventiva: esta se le da inicio cuando la deuda comienza.
  • Cobranza Extrajudicial: después que se vende la deuda esta inicia (21 días después).
  • Cobranza Judicial: esta inicia después de 90 días en el cual la deuda ya allá caducado.

Qué es una cobranza judicial

Ahora hablemos un poco de ¿Qué es la cobranza judicial? Esta se conoce como una demanda que es realizada en las empresas al deudor.

Qué es una cobranza judicial

La empresa se da cuenta que dicho deudor no está  cancelando sus pagos, además que ya paso un plazo totalmente razonable para que esta deuda se halla cancelado, por ende estos acuden a tribunales para comenzar un  juicio contra la personas morosa.

Si la duda es saldada con sus respectivos intereses y honorarios, la cobranza judicial se da por terminada de forma inmediata, además de todas las acciones judiciales que se tomaron.

En el caso que esta no sea cancelada puede haber muchas consecuencias graves para dicho deudor.

Tipos de cobranza

Todas las empresas cuentan con varios tipos de técnicas para poder presionar al deudor, ahora les presentaremos 3 de ellas:

– Cobranza Preventiva

Este se trata de unos de los métodos que utilizan las empresas con recurrencia para poder recordarles a los compradores que el plazo ya está agotado y deben hacer cancelación de sus deudas.

Esta cobranza comienza junto antes que el plazo se venza, para así evitar crear de alguna manera morosidades.

– Cobranza Extrajudicial

Esta se trata de una herramienta que las compañías poseen para poder recuperar el dinero que les deben sin necesidad de asiste a un juicio. Este comienza luego de los 21 días en los cuales ya se venció la deuda.

– Cobranza Judicial

Este sin embargo es el último recurso que las empresas suelen utilizar para poder recuperar el dinero que les deben. Esta es realiza a los 90 días en el cual el plazo ya caduco.

Qué pasa cuando una deuda pasa a cobranza judicial

En el caso que el plazo para poder pagar su deuda ya haya pasado, nos referimos a eso 90 días que tiene para pagarla, y te han solicitado para tener una cobranza judicial y no quieres pagar, estas son las consecuencias que vas a tener:

Qué pasa cuando una deuda pasa a cobranza judicial
  • Cuando recibas la notificación de la Cobranza Judicial, un receptor judicial será el encargado para ir a su hogar y hacer entrega de este.
  • En el caso se no cancelas el monto que debes o no aclaras la situación como es debido, te harán un embargo de todos tus bienes.
  • Todas tus posiciones serán retiradas.
  • Tus cosas serán vendidas al mejor portor, para poder saldar la deuda que te rehusaste a pagar.
  • Todos tus datos se encontraran registrado como unas personas “deudora”,es decir, están en uno boletines comerciales, por lo tanto será conocido como una personas que no está calificada para ningún tipo de crédito. Entre otras cosas.

Si la duda es saldada con sus respectivos intereses y honorarios, la cobranza judicial se da por terminada de forma inmediata, además de todas las acciones judiciales que se tomaron.

Cómo avisan la cobranza judicial

El proceso de Cobranza Judicial usualmente se puede dar mucho antes que el plazo sea vencido, justo antes que la deuda ya esté por vencerse.

Qué es Sanitas

Esta notificación debe contar con el número de rol de la cauda en el extremo superior, el nombre del juzgado civil el cual está llevando la demanda, la individualización de la empresa demandante, además de demandado y el proceso de esta.

También se debe identificar el receptor judicial, el juez lo debe firmar y la secretara judicial.

Una recomendación que te damos es siempre mantener transparencia en todo momento con la empresa, desde el domicilio tributario, hasta la venta que se hace a cada uno de sus productos o servicios que esta ofrece.

Así podrán evitar muchísimos problemas de cobranza judicial con los proveedores que tengas.

Cómo enfrentar una cobranza judicial

Existen muchas alternativas para poder evitar un embargo. Puedes por ejemplo colocar Excepciones o traspasar los bienes del dicho deudor a una tercera persona.

Hablemos de esto con más detalle a continuación:

  • Evitar un embargo pagando la deuda

Esta es unas de las opciones que tienes más simples. Si después que te notifique la demanda pagar la deuda, se aclara rápidamente la situación y no te podrán quitar ninguno de tus bienes.

  • Evitar un embargo repactando

Si se renegocia la deuda que se tiene en una empresa, por una nueva. Así la cobranza judicial ya no se encontrare en proceso, ya que tienes una nueva deuda y no te podrán despojar de tus bienes.

Con esta negociación se debe tener mucho cuidado, es una alternativa buena, pero las condiciones que a veces ponen las empresas son excesivas y jamás las podrás pagar.

  • Evitar un embargo con las Excepciones

Se conoce como el alegato que va a presentar tu abogado frete al demandante. Un ejemplo es alegar que la demando no se encuentra bien presentada, por lo cual esta no está valida.

Estas son obstáculos para poder evitar que este juicio siga su curso, y seamos despojados de nuestros bienes.

Existen muchas complicaciones posibles que existente en la demanda y puede terminar como consecuencias en la empresa.

  • Evitar un embargo con Tercería

Esta última se conoce como un proceso totalmente legal en el cual se debe alegar que nuestras pertenencias no son precisamente nuestras, si no, de una tercera personas.

Si, se dice que los bienes no son nuestros, no puede existir un embargo. Las terceras son muy buena opción y una de las más utilizadas para poder evitar que se desahoguen de tus bienes.

 ¡Éxito en su trámite!

Como-saber.com Chile


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